En este último aspecto, se destaca que el CCICT, facilitará la cooperación regional en su conjunto, el intercambio de información y la  promoción de la Cooperación Sur – Sur, para apoyar la implementación del Convenio a nivel internacional.

Este acuerdo, para el establecimiento de la coordinación y la cooperación entre la Secretaría de la Convención y el MSP, a través del CCICT, se presenta como la unión de esfuerzos en el apoyo a las Partes, con el propósito de que puedan cumplir eficazmente con sus obligaciones, en virtud del Convenio.

La firma de este memorándum -y así figura en el documento- es un reconocimiento al “fuerte e importante apoyo de Uruguay a la aplicación de la Convención y la valiosa cooperación establecida entre la Secretaría del Convenio y el MSP en los últimos años, incluyendo, pero no limitado, el apoyo a las políticas nacionales de control de tabaco y de las disposiciones específicas bajo la Convención”.

Cabe destacar que el MSP estableció oportunamente el CCICT, para promover la cooperación internacional para la aplicación para la aplicación del Convenio Marco para el Control de Tabaco de la OMS, a través del intercambio de información legal, médica, comunicacional y de gestión, relacionadas con el control del tabaco, así como para facilitar el desarrollo y la transferencia de conocimientos técnicos, con miras a promover y fomentar la cooperación científica y técnica entre las Partes del Convenio.

La inauguración oficial del CCICT, será el próximo 30 de mayo; y oportunamente se informarán sobre los detalles del evento.

Se adjunta Memorándum de Entendimiento.